Constitucion y Reglamento del Condominio Torre Romanza

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C. Valor de los Apartamentos

Los apartamentos y los penthouses tendrán un precio que se establecerá en el contrato de venta. Este valor incluirá el apartamento más sus dependencias de propiedad exclusiva, tales como parqueos, lockers y demás áreas.

ART. 5: En cumplimiento de lo ordenado en el Art. 12 de la Ley No. 5038, se hace constar que cada propietario tendrá un voto en las asambleas del consorcio de propietarios en proporción al valor de su apartamento.

APARTAMENTOSVOTOS
Todos los apartamentos tipo36 x 2.50 = 90
Los Penthouses2 x 5.00 = 10
TOTAL VOTOS100

ART. 6: Todos los propietarios estarán obligados a contribuir con las cargas y gastos relativos a la conservación, mantenimiento, reparación, seguros y administración de las áreas comunes en la misma proporción.

Esta proporción es definitiva para los efectos legales y reglamentarios, sin que en caso alguno pueda tenerse en cuenta el acrecentamiento resultante de las mejoras u obras de embellecimiento o de otra naturaleza que su propietario introduzca en el interior de su apartamento.

PÁRRAFO: Los consumos de gas propano, agua, energía eléctrica de emergencia, vigilancia, basura y mantenimiento de las áreas comunes, serán pagados por cada uno de los propietarios en cuotas mensuales que establecerá la directiva del condominio, de conformidad con lo que se acuerde con los proveedores de dichos servicios.

REGLAMENTO DEL ESTATUTO DE LA COPROPIEDAD Y DE LA ADMINISTRACIÓN DEL “CONDOMINIO TORRE ROMANZA”

ART. 7: En el cumplimiento de las disposiciones del artículo 20 de la Ley 5038 del 21 de noviembre de 1958, precitada, se establece en los artículos subsiguientes el reglamento contentivo de las normas del estatuto de la copropiedad y de la administración del “CONDOMINIO TORRE ROMANZA”.

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